El TJUE tumba el Modelo 720

2 Feb, 2022 | 0 Comentarios

El TJUE tumba el modelo 720 de declaración de bines en el extranjero

El Modelo 720 de la declaración de los bienes en el extranjero ha sufrido un varapalo tras calificarlo el TJUE como «desproporcionado»

El modelo 720 de Declaración de Bienes en el Extranjero vuelve a ser notica. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido su sentencia final después de años de polémica con este modelo declarativo. Considera que la normativa fiscal española impone unas restricciones a la libre circulación de capitales desproporcionadas.

Según elEconomista, Hacienda asume ahora devoluciones millonarias. Los contribuyentes podrán recuperar el importe de las sanciones de este modelo tributario, rechazado ahora por la Justicia europea al haber una infracción del Derecho europeo suficientemente caracterizada porque viene de un procedimiento de infracción de la Comisión Europea.

Bruselas dio la posibilidad al Ministerio de Hacienda de cambiar el modelo 720 y no lo hizo. Esto significa que Hacienda tendrá que devolver las sanciones aunque sean firmes y no estén impugnadas, por la vía de la responsabilidad patrimonial del Estado.

¿Qué es el modelo 720?

Según Grupo Nomo, el modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Es decir, si tienes acciones, criptomonedas, cuentas o inmuebles en el extranjero, debes presentar cada año el modelo 720. 

Este modelo de declaración fue creado en 2013 por el ministro Cristóbal Montoro, con la finalidad de luchar contra el fraude. Por eso, obliga a declarar los bienes en extranjero. Esto se puede aplicar a las criptomonedas, puesto que muchas de ellas están ubicadas en exchanges fuera de España.

Los objetivos de la norma son:

1. Informar sobre las cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero

2. Informar sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero

3. Informar sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.

¿Qué es el modelo 720? - Gran Vía Abogados Digitales

¿Qué son los bienes en el extranjero?

Se van a considerar bienes en el extranjero los siguientes activos:

  • Cuentas de entidades bancarias o de crédito situadas en el extranjero que tengan titulares, representantes, autorizadas o beneficiarios españoles. También aquellas sobre las que titulares, representantes, autorizados o beneficiarios españoles tengan poderes de disposición.
  • Títulos, activos, valores o derechos del capital en el extranjero de todo tipo de entidades españolas. También seguros de vida o invalidez , además de las vitalicias y temporales.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles.

¿Quién está obligado a presentarlo hasta ahora?

Deben presentar el modelo 720 todas aquellas personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria.

Asimismo, el artículo 2 de la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720, establece que los obligados a presentar dicho modelo son:

El titular, representante, autorizado, beneficiario, persona o entidad con poderes de disposición o titular real tendrá la obligación de informar acerca de las cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero y bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

Cabe destacar que no existe obligación de informar ningún bien de aquellos grupos en los que la suma de los bienes no supere los 50.000€. En los grupos en los que se supere, estarán obligados a informar de todos los bienes que la integran.

Declaración de la Renta

Modelo 720 y criptomonedas

Por tanto, si tienes criptomonedas en el extranjero por un valor inferior a 50.000€ no tendrás la obligación de declararlas. Una cuestión importantes es establecer cuándo se considera que las criptomonedas están en el extranjero, que dependerá del tipo de wallet, entre otros factores.

En definitiva, la normativa no regula de forma clara cuándo se considera que una moneda virtual está en el extranjero, por lo que se esperaba una reforma. Ahora que el TJUE ha instado a la reforma del modelo 720, la incertidumbre respecto a este tema ha crecido aún más. Te iremos contando todas las novedades.

¿Qué multa puede implicar un modelo 720 incompleto?

El incumplimiento de esta obligación está sujeto a una multa de 5.000€ por cada dato o conjunto de datos no comunicado o erróneo, con un mínimo de 10.000€.

Para el caso en el que la declaración se presente fuera del plazo establecido, la multa será de 100€ por cada dato o conjunto de datos con un mínimo de 1.500€.

Asimismo, el infractor está sometido a fuertes penalizaciones, con multas de hasta el 150% de la cuota liquidación, en tanto que la renta descubierta será considerada como ganancia patrimonial injustificada, con lo que pasa a consignarse en el último ejercicio fiscal no prescrito.

Criptomonedas - Gran Vía Abogados Digitales

¿Qué ha declarado el TJUE sobre el modelo 720?

En su sentencia, el TJUE ha declarado que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de libre circulación de capitales. Y considera que establecen una diferencia de trato entre los residentes en España en función de la localización de sus activos.

La nota emitida por la justicia europea asevera que esta obligación puede disuadir a los residentes de ese Estado miembro de invertir en otros Estados miembros, impedirles hacerlo o limitar sus posibilidades de hacerlo, y constituye, por tanto, una restricción a libre circulación de capitales.

¿Por qué considera el TJUE que la norma es contraria al derecho de la UE?

Según se recoge en el documento publicado, el TJUE comprende que los objetivos que persigue España con el modelo 720 pueden estar justificados. No obstante, defiende que la norma va más allá de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

Esto se debe a tres motivos principales:

1. Lo no declarado se considera como ganancia patrimonial no justificada, lo que en la práctica permite que la Administración, sin limitación temporal, proceda a la regularización del impuesto adeudado.

2. Las sanciones son elevadas y de carácter extremadamente represivo.

3. El importe de las multas no guarda proporción alguna con las sanciones previstas para infracciones similares en un contexto puramente nacional.

¿Qué supone esta decisión?

El TJUE declara que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de dos artículos:

El TJUE tumba el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero

¿Existe esta legislación en otros países europeos?

España no es un caso aislado, de hecho, en otros países europeos existe una norma fiscal que obliga a los ciudadanos a declarar los bienes en el exterior.

Alemania

Los contribuyentes alemanes están obligados a informar de cualquier tipo de ingreso obtenido en el extranjero, independientemente de que la tributación correspondiente deba producirse o no en Alemania.

Las multas por rentas no declaradas ascienden al 10% de los impuestos evadidos, cuando el total no supera los 100.000€, al 15% cuando no supera el millón de euros y al 20% si se sobrepasa este umbral.

Francia

El fisco francés ha de estar informado de las cuentas bancarias en el exterior que tengan los residentes en Francia desde que se abren y hasta que se cierran, con multas de entre 1.500 y 10.000€ por cada una no declarada.

Igual que en España, los rendimientos obtenidos se incorporan en la declaración de la renta y los bienes inmuebles al impuesto sobre la fortuna inmobiliaria cuando sea el caso.

Italia

Los residentes italianos que posean bienes inmuebles o derechos sobre estos en el extranjero deben pagar anualmente un impuesto que se denomina IVIE, que entró en vigor en 2012 y cuyo tipo general es del 0,76%.

La elusión de este gravamen comporta sanciones que oscilan entre el 3% y el 15% del valor del bien no declarado, aunque ascienden a entre el 6% y el 30% si la propiedad está ubicada en un país considerado paraíso fiscal.

¿Cuáles son los siguientes pasos?

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, confirmó el pasado viernes que el Gobierno modificará el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero.

Tras el varapalo del Tribunal de Justicia de la UE ha precisado que se introducirá un plazo de prescripción (ahora el delito no prescribe) y que las sanciones serán proporcionadas.

«El Gobierno de España va a corregir esas cuestiones, que las sanciones sean proporcionadas y que haya un período de prescripción, pero sigue vigente la presentación de este formato», ha afirmado la ministra, recordando que el plazo para presentar el modelo 720 concluye el 31 de marzo.

Parece que esta norma va a seguir generando polémica, y tendremos que estar muy pendientes de los próximos cambios. Especialmente de las reformas que aplique el Gobierno sobre dicho modelo.

Si tienes alguna duda sobre el modelo de declaración de bienes en el extranjero o la tributación de criptomonedas tanto dentro como fuera de España, puedes consultarnos a través de este formulario.

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Miguel López Ríos

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